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4 supuestos en los que la UE te dejaría con una conexión de segunda

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Se acabó el acceso igualitario a la red, de acuerdo a los grupos activistas por el derecho a Internet. Ayer martes el Parlamento Europeo votó a favor de la regulación para el Mercado Único de las Telecomunicaciones, un reglamento de la Unión Europea que, según estos grupos, abre la puerta a conexiones de primera y de segunda categoría.

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La premura por limitar el roaming, los costes de llamada suplementarios de transferencia e interconexión de la itinerancia en teléfonos inalámbricos, ha sido el pretexto por el que el grupo socialdemócrata de la cámara de Estrasburgo ha votado a favor de la norma sin aceptar las enmiendas presentadas por la campaña Save the Internetpara garantizar una acceso equitativo. Esta formación era clave para decantar el sufragio.

Lo cierto es que, de aprobarse las enmiendas propuestas por Save the Internet, la discusión duraría tres meses, extensibles a un mes más, con seis semanas de conciliación, más otras dos posibles de prórroga. Seis meses en total, de acuerdo con el procedimiento legislativo ordinario.

En un comunicado emitido inmediatamente después de la votación, el colectivo Xnet achacó la decisión de los socialistas europeos a “la presión de las empresas proveedoras de Internet a lo largo de las negociaciones”. Esto permitiría a las operadoras “desarrollar nuevos modelos de negocio basados en la discriminación y la escasez, en detrimento de las libertades online de los usuarios y el potencial innovador de internet”, reza el texto.

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“Los proveedores de servicios de acceso a Internet tratarán todo el tráfico de manera equitativa cuando presten servicios de acceso a Internet, sin discriminación, restricción o interferencia, e independientemente del emisor y el receptor, el contenido al que se accede o que se distribuye, las aplicaciones o servicios utilizados o prestados, o el equipo terminal empleado”, establece el reglamento en el tercer apartado de su tercer artículo. En teoría.

Pero seguidamente delimita unos supuestos “temporales y excepcionales”: “para evitar ciberataques, impedir problemas de congestión de la red o responder a una resolución judicial o una obligación jurídica”, así como los llamados “servicios especializados”. Los mencionados servicios están pensados para “la televisión por Internet, las videoconferencias de alta definición o la telemedicina”. O “siempre que sea necesario”.

Y el texto legal sigue, supeditando las garantías de acceso equitativo a la red a las infraestructuras que permitan ampliar la capacidad de acceso, cuando la propia UE reconoce que se está quedando atrás con los objetivos de instalación de banda ancha.

Es en base a estas excepciones, “peros” y el “redactado vago” donde surge la preocupación de los activistas. Por ejemplo: ¿Qué significa “siempre que sea necesario”? ¿No abre esto la puerta a un establecimiento arbitrario de una vía rápida de acceso premium?

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De cumplirse los peores augurios, pues, ¿qué puede implicar esto al usuario medio?:

– Cuando el regulador crea estar ante una “inminente” congestión las operadoras de telecomunicaciones podrán disponer “la gestión del tráfico” bajo su criterio. Sin embargo, esta inminencia no está de ninguna manera definida. Esto puede suponer que, en un momento de simple alta actividad en Internet, el proveedor empiece a dar prioridad a un tráfico o a otro, pudiendo dar trato preferente a las empresas que pagaran un plus.

– Los usuarios que priorizan la seguridad mediante herramientas de encriptación verán su navegación ralentizada. La norma establece una discriminación del tráfico en función de su tipología. El vídeo necesita más recursos que la web, por ejemplo ¿Dónde está el problema? En el hecho de que lo que está encriptado no se sabe lo que es y, consiguientemente, pasaría a la cola.

Algo grave, teniendo en cuenta que informes como el de la compañía Sandvine, Global Internet Phenomena Spotlight Encrypted Internet Traffic, proyectan que para el 2016 entre el 65 y el 70 por ciento del tráfico estará encriptado en muchos mercados.

Los usuarios que descarguen archivos (películas, series, música, etc.) vía p2p (peer 2 peer, de par a par en inglés) también saldrán perjudicados.

– Los ya mencionados servicios especializados: la televisión por Internet, que algunas operadoras de Internet españolas venden, se encuentra dentro de las excepciones. La falta de claridad del reglamento podría llevarles a priorizar el tráfico de su propio medio, siguiendo ese ejemplo.

– El zero rating o esponsorización de datos puede implicar que se eleven las barreras de acceso al mercado telemático. Cualquier gran compañía de Internet puede pagar para que los datos que te descargues accediendo a su servicio no figuren en tu factura de Internet. La UE establece en el mismo reglamento que se evaluarán posibles situaciones de competencia desleal, pero por el momento este privilegio permanece.

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Sigue a Quique Badia en Twitter: @qbadiamasoni