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Drogas

La Secretaría de Economía solicita a COFEPRIS detener la importación de productos cannábicos

“En tanto se realicen las adecuaciones se mantiene vigente la regulación actual conforme a la cual las citadas fracciones NO PODRÁN SER IMPORTADAS para ningún fin...”

Artículo publicado por VICE México.

Mediante un comunicado publicado este miércoles, el Licenciado Juan Díaz Mazadiego, Director General de Comercio Exterior y Presidente de la Comisión de Comercio Exterior, solicitó a la COFEPRIS iniciar a la brevedad las gestiones necesarias para realizar los ajustes correspondientes al marco normativo conforme lo establecido en la legislación vigente, con relación a los Lineamientos en materia de control sanitario de la cannabis y derivados de la misma y a las autorizaciones anunciadas para la libre venta de 38 productos con cannabis. Esto con el fin mantener la prohibición marcada en los términos de la Ley General s de Importación y Exportación.

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En el comunicado se menciona que “Sorprenden los anuncios mencionados a toda vez que de manera permanente se les explicó el procedimiento a seguir para la modificación de la regulación correspondiente, sin que a la fecha se haya recibido solicitud alguna para revisar el tema en el seno de la comisión de Comercio Exterior, de la cual la Secretaría de Salud, a través de la COFEPRIS es parte integrante con derecho a voz y voto.

“Al respecto, es importante mencionar que de conformidad con los artículos 17 y 20 de la Ley de Comercio Exterior el establecimiento de medidas de regulación y no restricción no arancelarias a la exportación o importación de mercancías deben someterse previamente a la opinión de Comisión de Comercio Exterior y publicarse en el Diario Oficial de la Federación (DOF), así como identificarse en términos de sus fracciones arancelarias y nomenclatura correspondiente a la tarifa respectiva, lo que a la fecha no ha ocurrido”.

En el documento también menciona que “En tanto se realicen las adecuaciones se mantiene vigente la regulación actual conforme a la cual las citadas fracciones NO PODRÁN SER IMPORTADAS para ningún fin, salvo que así lo haya indicado el Poder Judicial de la Federación mediante resolución correspondiente”.

Lee el documento completo a continuación:

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