Las leyes sobre prostitución en México son “patriarcales y misóginas”

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En México no existe una ley o reglamento que establezca alguna obligación o corresponsabilidad para los usuarios de la prostitución tanto a nivel federal como estatal. En cambio algunos estados cuentan con reglamentos que exigen a los y las trabajadores sexuales una revisión médica periódica, “utilizar medidas preventivas” para evitar cualquier enfermedad de transmisión sexual, estar registrados y obtener la aprobación de la Dirección General de Registro de Sexo Servidores de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para poder ejercer, e instruir a los usuarios sobre los riesgos a la salud que la recepción de sus servicios podría causar.

La única ley federal en vigor relacionada con el trabajo sexual es la Ley General en materia de Trata, que establece como ilegal que un tercero se beneficie de la explotación sexual de una persona. Sin embargo, en el caso de que una persona practique la prostitución como un oficio —por voluntad propia o por necesidad económica— solamente puede remitirse a los reglamentos locales de algunos estados para contar con un reconocimiento legal de su trabajo.

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Estos reglamentos deben seguirse para conseguir un permiso o licencia, los cuales permiten a los trabajadores sexuales ejercer su oficio. De ser una o un trabajador sexual activo y no contar con un permiso vigente, o encontrarse en un estado en el que aún no existen reglamentos para la obtención de una licencia, las autoridades suelen arrestar trabajadores sexuales bajo el argumento de atentar contra el orden público.

“Casi siempre que se habla de regular el trabajo sexual, se dice que quienes lo realizan deben de rendir cuentas frente al Estado, cuando deberíamos de reconocer que si viven en situación de prostitución es —casi siempre— porque viven en condiciones marginales”, asegura el abogado Héctor Alberto Pérez Rivera, coordinador de la Clínica de Interés Público contra la Trata de Personas del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM).

De acuerdo con Pérez Rivera, este tipo de políticas que buscan regularizar el ejercicio de la prostitución voluntaria, son “patriarcales, machistas y misóginas”, ya que buscan proteger al cliente y no a la persona que realiza el trabajo sexual:

“Los intentos regulatorios del trabajo sexual en México siempre buscan que quienes lo realizan estén en buen estado de salud, o que pague impuestos. Es decir, siempre se le ponen cargas a estas personas en lugar de ponérselas, en todo caso, al cliente”, asegura. “Luego el Estado les dice a estas personas, ‘garantízame que estas sana’, pero no lo hace para cuidarlas; lo hace para cuidar a quien elige ser un cliente”.

En los últimos años, algunos activistas y legisladores han intentado cambiar el modelo del comercio sexual en México, como la senadora Mónica Arriola Gordillo, quien en abril del 2014 presentó una iniciativa ante el Senado de la República para “salvaguardar el agente que ejerce la actividad de la prostitución” y legalizar las obligaciones de los clientes del trabajo sexual. En ésta se establecen medidas como “guardar consideración al trabajador sexual” al abstenerse de causar un mal trato con palabras o acciones y garantizar condiciones para que se pueda realizar el trabajo sexual, como acordar un espacio higiénico que asegure la vida y la salud. Sin embargo, casi dos años después de su presentación, ésta propuesta no ha sido aprobada.

Para Arriola, los adultos que escogen libremente trabajar en el sector del sexo, la preocupación política debería centrarse en mejorar sus condiciones de trabajo y de protección social, “para garantizar que gocen de los mismos derechos laborales y de los mismos beneficios que los demás trabajadores”.


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El único antecedente a la perspectiva de favorecer a los trabajadores sexuales en el país surgió enero de 2014, cuando la juez Paula García Villegas otorgó un amparo a favor de un grupo de mujeres y trabajadoras transgénero comerciantes de sexo en la Merced. Con éste se permitió que las trabajadoras recibieran credenciales de trabajadores no asalariados.

Al estar cubiertas por el Reglamento para los Trabajadores no Asalariados del Distrito Federal, estas mujeres adquirieron derecho de asociarse para la defensa de sus intereses, así como a recibir servicio médico gratuito en la Hospital General Dr. Gregorio Salas.

El resto de las personas que practican la prostitución voluntariamente en la capital deben solicitar físicamente una credencial en la Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo. Esto lleva a un proceso burocrático, el cual fue creado en marzo del 2014 y hasta la fecha ha resultado en la expedición de 163 credenciales.

La mejora de las leyes relativas a la prostitución es uno más de los pasos para quitar los estigmas que viven los trabajadores sexuales en México. Como dice el abogado Héctor Alberto Pérez Rivera: “El término sexo servidor o sexo servidora ya no es correcto para referirse a una persona que se dedica a la prostitución por voluntad propia, o por necesidad económica. Este términos tiene una relación con la palabra servidumbre, que no encaja con la relación de trabajo entre un usuario de prostitución y la persona que brinda el servicio”.