Acoso sexual en la universidad: ¿Y la Justicia qué?
Ilustración: Sara Agustina | VICE Colombia

FYI.

This story is over 5 years old.

Acoso sexual en la U

Acoso sexual en la universidad: ¿Y la Justicia qué?

ANÁLISIS | "Es necesario que la Fiscalía haga un doble esfuerzo para incluir una mirada diferenciada y de género", opina Mónica Parada, del colectivo Rosario Sin Bragas.

A comienzos de 2016, la Fiscalía General de la Nación presentó un informe en que reveló que, hasta diciembre de 2015, cursaban 1.743 investigaciones por denuncias de acoso sexual, de las cuales tres se encontraban en etapa de juicio y solo una había sido fallada. También señaló que más de 200 procesos se encontraban inactivos porque las víctimas habían decidido no continuar con las denuncias o por falta de pruebas que permitieran seguir el proceso. Muchos otros casos, dice el documento, culminan con la conciliación entre la víctima y el agresor.

Publicidad

El panorama es desesperanzador para quienes enfrentan un proceso que, a todas luces, conlleva más riesgos para las víctimas que deciden denunciar que para los mismos agresores. Los casos más recurrentes (tal vez los más visibles) son de estudiantes que, ante una situación de subordinación, temen poner en riesgo su futuro profesional, especialmente cuando los agresores son docentes que disponen de todas las herramientas para evadir sanciones disciplinarias y penales, y, sobre todo, para dejar intacta su reputación.

Ahora bien, como lo sugiere el informe de la Fiscalía, los procesos de denuncia por acoso sexual se estancan por la dificultad de probar los hechos. El Código Penal exige la prueba de los siguientes supuestos: que exista la solicitud de un favor de naturaleza sexual para sí o para un tercero; que dicha conducta se haya presentado en una situación de superioridad laboral, docente o similar; la existencia de legítimas expectativas derivadas de la relación de superioridad (por ejemplo, la expectativa de un estudiante de pasar una materia o de un trabajador de ascender en el ámbito laboral); y el anuncio expreso o tácito de causar a la víctima un mal relacionado con dichas expectativas.

Recolectar las pruebas para demostrar estos supuestos puede ser una tarea compleja, y casi imposible, tanto para la víctima como para la Fiscalía. Con el agravante de que, por regla general, este tipo de violencias no dejan rastros visibles. En últimas, el resultado más visto en estos casos es una disputa al estilo de 'Es tu palabra contra la mía', y en este tipo de procesos la balanza suele inclinarse a favor de quien conserva la posición de poder.

Publicidad

¿Cuál es la responsabilidad de la Fiscalía entonces en estos casos?

Es necesario que la entidad haga un doble esfuerzo en las etapas de investigación y juzgamiento para incluir una mirada diferenciada (y de género) en el análisis de los hechos y de los contextos. Es decir, un enfoque que se pregunte por cómo opera el acoso en contextos particulares como el universitario, donde muchas veces los supuestos mencionados anteriormente son muy difíciles de comprobar, y por cómo este acoso afecta de manera específica a las mujeres.

Las investigaciones tienen que concentrarse en pensar cómo el acoso funciona o se manifiesta en el espacio universitario y por qué es distinto al acoso que ocurre en espacios como las calles o en el ámbito laboral. Entender estas dinámicas y atender a las particularidades de la vida universitaria, conduce a facilitar la valoración de las pruebas y la reconstrucción de los hechos.

Lo mismo ocurre con la necesidad de hacer análisis de las pruebas y reconstrucción de los casos con una perspectiva de género. Las principales víctimas de acoso sexual son mujeres (o al menos eso es lo que nos dicen las pocas cifras disponibles). Esto nos dice que, para entender la forma en la que opera el acoso sexual universitario, es necesario comprender que las desigualdades de género ponen en una situación de subordinación a las mujeres y que esta situación se manifiesta de forma particular en la vida universitaria. Ya de por sí es bastante difícil para una mujer acceder al mercado laboral en condiciones de igualdad frente a los hombres. Súmele a ello que su entrada al mundo laboral dependa de si accede o no a las propuestas de su profesor.

Publicidad

En estos esfuerzos las universidades tienen un papel clave, que puede ayudar a dar un curso debido a las denuncias de acoso sexual. No basta con una mirada pasiva (como ocurrió con el caso de Juanita Díaz; la universidad Javeriana simplemente no quiso atender a los llamados hechos por la Fiscalía) o con acciones sutiles para evitar escándalos que manchen 'el buen nombre de la universidad'.


Lea también:


Sigue siendo difícil emitir juicios al respecto porque el fenómeno no ha sido estudiado y los datos con los que contamos son precarios. Lo que sí sabemos es que las universidades tienen que identificar las principales modalidades o mecanismos por medio de los cuales se produce el acoso. Esta información no solo les va a permitir atacar el problema de manera directa, sino que también les servirá de insumo a las autoridades para entender las características específicas del acoso sexual universitario.

Es necesario que las instituciones comprendan y cumplan la responsabilidad que tienen en la generación de espacios seguros para los estudiantes, docentes y personal administrativo. También, que se comprometan a poner a disposición de las autoridades competentes todos los recursos para prevenir este tipo de delitos y garantizar la protección de los derechos de las víctimas de violencia sexual.


Mónica Parada Hernández es abogada, socióloga y representante del colectivo Rosario Sin Bragas.

VICE Colombia realizó este reportaje en alianza con CONNECTAS y en el marco de la Iniciativa para el Periodismo de Investigación en las Américas del International Center for Journalists (ICFJ).


Encuentre aquí todo sobre nuestra investigación 'Acoso sexual en la U':