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Cultură

​Perros potencialmente peligrosos, machistas, racistas e independentistas

La ley PPP es tan absurda que no merece ser citada con ningún fin que no sea el de denunciar su injusticia o mofarse de ella.

Fotografías cortesía del autor del texto

Hace unos días la Policía Municipal paró a un vecino cuando salía de la plaza abierta en la que vive en Vallecas, junto al campo del Rayo. ¿El motivo? Pasear con correa y sin bozal a la hembra de American Staffordshire Terrier que recibía a las agentes echándose a sus pies, ofreciendo su barriga para demostrar sumisión y prácticamente mendigar cariño, como acostumbra hacer con todos los vecinos. La situación no dio pie al diálogo y, tras parar el coche patrulla en mitad de la avenida y recibir una charla -digamos, no acertada- sobre las condiciones físicas y psíquicas de la perra, la cosa se quedó en una denuncia (con el nombre de la raza mal escrito). Según dicta la normativa, la multa será de al menos 1.500 euros.

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Si las agentes hubiesen parado a mi mujer, nuestra perra -una Pastor Belga Malinois- les habría explicado con más o menos intensidad (según las formas de los polis) que no es de su agrado ni está de acuerdo con la idea de que invadan el espacio e increpen con preguntas tan directas a su dueña, porque son desconocidos y no los acepta hasta que dejan de serlo. Tras ver los resultados con la perra de mi vecino, empecé a intrigarme por la ley de perros potencialmente peligrosos (PPP) y por mi economía.

La ley PPP es tan absurda que no merece ser citada con ningún fin que no sea el de denunciar su injusticia o mofarse de ella. Es tan difusa que si hicieras un viaje por el norte de España desde Galicia hasta País Vasco con un boxer y un dogo de Burdeos cambiarías ocho veces de legislación (como mínimo) y en Galicia y en Santander tendrías que ir acompañado porque sólo se te permitiría pasear al dogo de Burdeos (un PPP por persona). Este problema se debe a que los ayuntamientos y las comunidades autónomas interpretan el Real decreto 287/2002 a su manera para hacer cumplir la ley, y crean y modifican las listas a su antojo.

De hecho el tribunal superior de justicia de Navarra obligó al Ayuntamiento de Pamplona a sacar de su lista al Doberman tras una sentencia que resolvía a favor del propietario de uno de estos perros que recurrió ante el juzgado de lo contencioso/administrativo una sanción que ascendía hasta los 2.854,06 euros. Hecho que nos hace recordar que la normativa estatal (nacional) tiene más autoridad que la local (ayuntamientos) y dejando en evidencia a estas administraciones y sus fines recaudatorios.

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Por acudir a un ejemplo gráfico y sencillo que nos sirva para describir el caos y ambigüedad de esta relación entre Gobierno central y Comunidades Autónomas, me gustaría hacer una apreciación en la lista de la web del gobierno de Cantabria. No solo han añadido las razas que les da la gana, sino que además se les ha olvidado meter al Rottweiler, algo a lo que están obligados ya que está incluido en la ley nacional. Llámese independentismo.

También existen casos de machismo perruno: en los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid la ordenanza municipal prohíbe a las perras hacer la labor de perro guardián por ser hembras.

Cuando este fiero ejemplar de Staffordshire Inglés visita nuestra oficina se dedica a buscar caricias. La ley lo considera potencialmente peligroso. Nosotros también, pero sólo por el hedor de sus flatulencias.

Pero centrémonos en la ley nacional, en el Real decreto 287/2002 y más exactamente en el artículo 2 que es el destinado a definir qué perros son considerados potencialmente peligrosos. Esta es la ley que nos afecta a todos y este artículo es dividido en tres partes, la primera parte en dos anexos (I y II). El anexo I es racismo, xenofobia, es jodidamente preciso. Es miedo. Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu, Akita Inu. Y sus cruces.

El Pitbull se merece una mención individual. La ley lo recoge como raza potencialmente peligrosa pero el gobierno no lo reconoce como raza. "'Embuste!", que diría una amiga puertorriqueña. Pero así es. La Real Sociedad canina de España, y autorizada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, es la encargada de reconocerlo y no lo hace. Se ciñe a la lista de la F.C.I. y dicen las malas lenguas que esta organización internacional y los amantes de esta raza no se llevan de la mano. Así que está fuera de ella. De hecho si buscas en su web no encuentras ningún "American Pitbull Terrier", pero si buscas en el barrio te los tienes que quitar a patadas. Llámese surrealismo.

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Tampoco existe justificación posible para que en una lista que incluye el Pit Bull Terrier, el American Staffordshire Terrier y Staffordshire Bull Terrier no esté metido también el Bull Terrier. ¿Es posible que no viniera el cromo de esa raza aquel domingo en la revista cuando hicieron la lista? ¿Cómo cojones hicieron la selección? Yo me lo imagino así: "El Rottweiler sí, pero el Bouceron no. El Dogo Argentino, el Fila Brasileiro y el Tosa Inu sí que no son de raza aria, pero el Ca de Bou, el Alano, el Cane Corso, el Dogo Canario el Bloodhound los salvamos que son de Europa. El Akita Inu si, que vean que nos lo hemos currado pero el Perro de Canaán, el Cangal y el Gull Terr no, que eso ya es de frikis. Y sobre todo si vamos a hacer una lista de Perros Potencialmente Peligrosos no incluyamos al Pastor Belga Malinois y el Pastor Holandés, que destacan en las competiciones deportivas caninas más extremas como el Ring francés y por su potencial para todas las disciplinas de trabajo, en el ejército o en la policía".

La verdad, siguiendo estos parámetros yo hubiera metido al Bulldog Francés que son las nuevas palomas de Madrid. En Malasaña son una plaga por ejemplo. Vamos con el anexo II, el Anticristo. Si el anexo I elige sin ningún sentido aparentemente razonable algunas razas y deja a otras con características similares fuera, el II no discrimina y pretende meter a todas las razas en la lista diabólica y para ello pondré dos ejemplos. El primero de ellos: el Labernés, una nueva raza salida del cruce del Labrador y del Boyero de Berna, creada con el fin de hacer un perro de asistencia especializado en niños que sufren de autismo por su marcado carácter noble. Su lealtad y paciencia, siempre también con la sociabilización y la educación adecuada, reúne la mayoría de características que este anexo atribuye a perros potencialmente peligrosos. "Marcado carácter y gran valor, perímetro torácico comprendido entre 60 y 80cm, altura de la Cruz entre 50 y 70 cm y peso superior a 20 Kg. Robusto, vigor, resistencia…" Pero lo realmente ridículo es el segundo ejemplo: el Carlino de "fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto. Pelo corto. Cabeza voluminosa, cuboide, robusta con cráneo ancho y grande, mejillas musculosas y abombadas. Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto".

Agustín Jurado Ruano, director técnico D'Scofos (club de entrenamiento canino), con un Pastor Alemán.

Para confirmar mis sospechas, quise hablar con un portavoz del Consejo Español de Protección Animal (CONESPA), una asociación que como tantas ONGs hace labores que deberían encargarse los propios gobiernos, y me explicó que "hemos puesto de manifiesto en diversas ocasiones lo injusta e inservible de esta Ley". Desde este organismo confirman así lo que yo sospechaba y añaden que "realmente no sirve para prevenir absolutamente nada ya que la mayoría de los perros afectados, incluso los mal llamados perros potencialmente peligrosos, conviven sin problemas con familias y otros animales sin ser objeto de ningún percance.

En fin. Tras charlar con expertos y reflexionar, concluyo que la peligrosidad de un perro no tiene que ver directamente con la raza y sí con el carácter del individuo y sobre todo con su sociabilización y educación. Abogo por eso último. Por la educación (de las personas).