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Off The Record

Los medios colombianos tendrán que actualizar sus noticias siempre (así sean irrelevantes)

OPINIÓN | La Corte Constitucional creó una nueva obligación para los medios de comunicación en Colombia: cada vez que haya “nuevos hechos relevantes” sobre un tema.
Imagen: Daniel Senior | VICE Colombia

'Off the record' es el espacio quincenal de la Fundación para la Libertad de Prensa (Flip) en VICE Colombia. Vea todos los contenidos aquí.

El miércoles pasado hablé del tema con unos policías en una reunión de trabajo. Uno de ellos, alegre por el fallo, me dijo que los medios habían destruido la reputación de algunos de sus compañeros al haber informado que, como parte de una investigación judicial, habían sido capturados. Los policías fueron meses después absueltos por falta de pruebas. "Hubo noticia cuando los capturaron, pero no cuando los liberaron," dijo.

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Este caso es un ejemplo de cómo la decisión de la Corte podría ayudar a proteger la reputación de algunas personas. Pero en realidad, el tema no es para alegrarse. La sentencia ordena grandes cambios en la manera de hacer periodismo en Colombia y es regresiva para la libertad de expresión. Creo que los magistrados que lo decidieron aún no lo saben.

Todo se originó por una nota emitida por Noticias RCN el 12 de mayo de 2016. El noticiero en su emisión del medio día, informó que un grupo de ciudadanos estaba denunciando irregularidades en un parqueadero de carros en Bogotá. " Dueños de vehículos involucrados en procesos judiciales, denuncian que en parqueaderos a donde llevan sus carros estarían haciendo un "cambiazo" por otros de valor inferior," decía la voz en off precedida del titular ¡Denuncia RCN!


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Los dueños del negocio del parqueadero interpusieron una tutela argumentando que la noticia afectaba su derecho al buen nombre. A juicio de ellos, la información emitida no fue corroborada por Noticias RCN. Si se hubiera investigado, dice la tutela, sabrían que la noticia era falsa. Por esta razón, se pedía que RCN fuera obligado a rectificar. El juez de primera instancia negó la petición, pero luego la Corte decidió revisar el caso y por proteger el derecho al buen nombre de una empresa, los magistrados terminaron afectando el derecho de los colombianos a ser informados.

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La Corte Constitucional se preguntó si Noticias RCN había violado el derecho al buen nombre de la empresa al informar sobre las acusaciones de unos ciudadanos sobre el incumplimiento de las obligaciones del parqueadero. Dice la Corte que estas acusaciones se presentaron "a título presuntivo" y se basaron en testimonios y documentos aportados pero que "no eran conclusivos".

Después de estudiar caso, la Corte concluye que Noticias RCN cumplió con los requisitos de veracidad e imparcialidad propios de la información noticiosa. El noticiero no emitió información falsa: es verdad que hubo acusaciones dirigidas en contra del negocio del parqueadero. Lo que pasó es que con posterioridad se comprobó que parte de las acusaciones no tenían sustento. Pero la información era veraz al momento de ser emitida.

La Corte dijo que se vulneran derechos cuando un medio de comunicación mantiene noticias en su página web sin actualizarla en los casos en que "las circunstancias fácticas se aclaran y precisan con posterioridad al momento de emisión". Según la sentencia, en las noticias publicadas en línea de manera indefinida, la posibilidad de afectar derechos se prolonga en el tiempo, y la facultad de presentar acciones para proteger el buen nombre "se mantiene hasta tanto la información deje de estar disponible en la red".

Sería bueno que la Corte dijera quién diablos puede determinar qué información es "relevante".

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Ya sé que esta decisión suena bien. En casos como el de los compañeros de trabajo del policía con quien hablé, se publican noticias sobre capturas de personas que después son absueltas, y al no producirse noticia de la absolución, los nombres de los capturados quedan por siempre vinculados a la captura para quien los busque en Google.

Pero la decisión de la Corte es absurda. Primero porque sus efectos no aplican solamente sobre casos judiciales, sino sobre cualquier noticia de cualquier tema publicada en Internet. Segundo porque este nuevo deber de actualización se genera cada vez que surja "información relevante" con posterioridad a la publicación inicial. Sería bueno que la Corte dijera quién diablos puede determinar qué información es "relevante". Desde la muerte de Pablo Escobar por ejemplo, periódicamente se han conocido numerosas versiones sobre quién lo mató: don Berna tiene una versión, el coronel Hugo Aguilar otra, la DEA una distinta, Carlos Castaño otra y César Gaviria también tiene su propia versión. ¿Espera la Corte que cada que a alguien le dé por publicar nueva información "relevante" sobre el caso, los medios tengan que actualizar sus noticias en línea que ya habían sido publicadas?


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Igual de problemático es el deber de actualizar cuando los hechos se "aclaran" o se "precisan" con posterioridad a la publicación. Pensándolo bien, sobre casi cualquier hecho noticioso se tendría que generar este deber tarde o temprano. En los reportajes de temas de salud por ejemplo, con frecuencia la ciencia descubre nuevas causas de enfermedades o nuevos tratamientos para curarlas, o nuevas formas de prevenir patologías. En el periodismo científico, una investigación cuyos resultados son considerados válidos en principio puede ser luego sometida a duras críticas en periodos de tiempo muy cortos desde su publicación.

En el caso del Palacio de Justicia, vale la pena consultar en Internet las noticias de la época (en muchos casos están disponibles) y ver la enorme diferencia entre información allí contenida con lo que hoy conoce la sociedad de lo que pasó. Con la decisión de la Corte, los medios de comunicación que tienen en sus portales digitales noticias de 1985 sobre la toma del Palacio tendrían que darse a la tarea de "actualizar" esa información. Buena suerte con eso.

Otro problema de esta decisión es que la Corte no resuelve con claridad si está obligación se hace efectiva previa solicitud de alguien o si es un deber que se genera de oficio. En caso de requerirse una solicitud previa, ¿Quién podría presentarla? ¿La persona directamente afectada? ¿Cualquier persona que considere que se está afectando su derecho a la información? De cualquier modo, está decisión (la T–725-2016) está imponiendo una carga desproporcionada a los medios, convirtiendo a los periodistas en historiadores o "actualizadores" de archivos, apartándoles de su función que es el presente y decretando su nuevo rol como escribanos del pasado.

*Coordinador del área de Defensa y Atención a Periodistas de la Fundación Para la Libertad de Prensa. @jssalamanca

**Esta es una columna de opinión. Por tanto, no representa la postura de VICE Media Inc.