Si eres padre soltero o  divorciado, tus hijos no pueden estudiar en estas escuelas
Capturas de pantalla de la red de Colegios “Semper Altius”.

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Familias diversas

Si eres padre soltero o divorciado, tus hijos no pueden estudiar en estas escuelas

La red de colegios “Semper Altius”, perteneciente a los Legionarios de Cristo, es clara en sus procesos de admisión.

Tienes un hijo o hija. Quieres inscribirlo a una escuela como el Instituto Cumbres, que tiene una de sus ubicaciones en las Las Lomas, una de las zonas más exclusivas de la Ciudad de México. Supongamos que perteneces al reducido porcentaje de personas en el país que podría costear la inscripción y las colegiaturas que en una escuela así ascienden a varios miles de pesos al mes. Sin embargo, una situación te detiene: eres padre o madre soltera, o te divorciaste. Lo sentimos, tu hijo y tú no son bienvenidos. La red de Colegios “Semper Altius” (siempre alto, en latín) pertenecientes a los Legionarios de Cristo, mantienen actualmente presencia en más de 16 países alrededor del mundo. En sus propias palabras, “formamos con sólidos valores morales y religiosos, bases sólidas (fuertes, coherentes, etc.), que les permita ejercer un liderazgo afectivo y efectivo para transformar su entorno velando por el bien del prójimo y de cara a Dios”.

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Estos principios morales claramente no incluyen a otros modelos de familias que no sean las tradicionales. De familias homoparentales u otras constelaciones familiares ni hablamos: en estos colegios sólo se admiten hijos de parejas casadas, tanto por la Ley Civil como por la Iglesia Católica. En las páginas de Colegios como el CEYCA e Instituto Godwin, el Colegio del Bosque de México, el Colegio Oxford, el Instituto Cumbres, el Instituto Highlands, el Instituto Rosedal, el Kinder Andes México, el Oakhill Preschool o el Pinecrest Institute, se lee dentro de otros requisitos de admisión, que se requiere “Acta de Matrimonio civil y religioso, Fe de bautismo, foto familiar reciente y dos cartas de recomendación, preferentemente de familias en sus colegios”. Para saber si esto era cierto, me comuniqué al Instituto Rosedal. Ahí me atendieron muy cortésmente, hasta que les dije que soy padre soltero y que evidentemente no contaba con un acta de matrimonio. Les pregunté si eso constituiría un problema. Me dijeron que “era inútil presentar un proceso de admisión si no contaba con todos y cada uno de los requisitos de admisión”.

Repetí el proceso con el Oakhill Preeschool y con el Colegio Oxford. En todos recibí respuestas similares. Cabe mencionar que no soy padre (ni siquiera ofrecí mis datos reales) por lo que no me sentí personalmente agraviado. Pero, ¿y si lo fuera? ¿Si tuviera realmente una hija como la que me inventé, y quisiera formarla con esos “sólidos valores morales” y “por el bien del prójimo y de cara a Dios”? ¿Tendría que resignarme por ser padre soltero?

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Qué dice la Ley

El famoso “derecho de admisión” no justifica la discriminación, incluso tratándose de colegios privados. Así lo señala la Ley Para Eliminar y Prevenir La Discriminación del Distrito Federal (hoy Ciudad de México).

Esta ley dice en el artículo 5: “Queda prohibida cualquier forma de discriminación, entendiéndose por ésta la negación, exclusión, distinción, menoscabo, impedimento o restricción de alguno o algunos de los derechos humanos de las personas, grupos y/o comunidades, estén o no en situación de discriminación imputables a personas físicas o morales o entes públicos con intención o sin ella, dolosa o culpable, por acción u omisión, por razón de su origen étnico, nacional, raza, lengua, sexo, género, identidad indígena, identidad de género, expresión de rol de género, edad, discapacidad, condición jurídica, social o económica, apariencia física, condiciones de salud, características genéticas, embarazo, religión, opiniones políticas, académicas o filosóficas, identidad o filiación política, orientación sexual o preferencia sexual, estado civil, o por su forma de pensar, vestir, actuar…”

También menciona, respecto a la educación:

  • “Limitar o impedir el libre acceso a la educación pública o privada, así como a becas, estímulos e incentivos para la permanencia en los centros educativos…”

Es decir: si por motivos de mi estado civil se argumenta que no puedo inscribir a mi hija, estaría ocurriendo un atropello. Cabe destacar que todas las escuelas a las que hablé se encuentran en la Ciudad de México, por lo tanto, están sujetas a esta ley. Tal vez no en Campeche, Sinaloa o en China, pero en la Ciudad de México, estos colegios estarían violando mis derechos y tendría la posibilidad de ponerles una buena bronca.

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Para saber qué hacer en estos casos, consulté a un experto. René Romero Ocampo es abogado especialista en asuntos familiares. Le hice algunas preguntas muy puntuales con respecto a esto, y aquí sus respuestas:

VICE: Gracias por tu asesoría legal, René. Primero me gustaría saber, ¿a quién acudir cuando ocurren casos como el que te planteé, en el que por ser padre soltero o divorciado no admitan a tu hijo en un colegio?
René Romero: El proceso ortodoxo e institucional es acudir en primer lugar COPRED o CONAPRED. Con ellos vas y les expones los hechos tal cual me lo planteaste en tu caso hipotético. Pero tienes que saber algo: ellos no tienen la facultad para sancionar a nadie; lo que ellos resuelven “no es vincultario”, es decir, no hay algo que obligue a estos colegios a aceptar al niño. Pero ya queda asentado un precedente. Ellos ya te citarán tanto a ti como al colegio a una comparecencia, donde un mediador promoverá que se llegue a un arreglo entre ambas partes.

¿Y si no se llega a nada y e insisten en no aceptarlo?
Si no se concreta un arreglo tendría que interponerse un juicio de amparo, y este asunto tiene que llevarse ante un Juez de Distrito en Materia Administrativa. Es un trámite un poco complicado, por lo que recomiendo que vayas acompañado de un abogado.

¿Qué pasa si no tengo dinero suficiente para pagar uno?
Puedes acudir al Instituto Federal de la Defensoría Pública. Ellos te pueden ofrecer ayuda legal gratuita, no sólo en estos casos, sino en todos los que requieras. Están ubicados en Bucareli 22 y 24, donde está la Esquina de la Información.

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¿Y si decido contactar a un abogado “por fuera” para que lleve mi caso, ¿qué rama es la buena?
En teoría cualquiera abogado con cédula podría ayudarte con un juicio de amparo, pero en este caso particular te recomiendo un abogado especialista en Derecho Familiar, con enfoque en menores.

¿Qué otros consejos me darías en un caso como este?
Que no dejes pasar el tiempo. En estos casos, tienes 15 días hábiles a partir de que la escuela rechazó al niño para promover o interponer tu demanda. Si ya pasaron 15 días, se considera un “acto consentido”, es decir, significaría que estás de acuerdo con la decisión de la escuela. Si ya pasó ese tiempo, tendrías que volver a hacer el intento de inscribirlo, que te lo vuelvan a rechazar por ese motivo y entonces sí, proceder.

¿Y es seguro que vayan a admitirlo?
Lamentablemente no. Irse a juicio es un albur: tanto puede ser que sí, como puede ser que no.

***

Si vives en la Ciudad de México, eres padre divorciado, soltero o tienes una familia homoparental y quieres acceder a uno de los colegios de la red ‘Semper Altius’, tal vez el proceso sea engorroso, pero al menos ya sabes que la ley está de tu lado. Tal vez para tu familia no esté contemplada en sus procesos de admisión, pero ante las leyes de esta Ciudad sí lo están, y estas te amparan.

@PaveloRockstar