¿Es la 'Ley Mordaza' un riesgo para la libertad de expresión en México?
Foto vía Cuartoscuro.com/Tercero Díaz

FYI.

This story is over 5 years old.

VICE News

¿Es la 'Ley Mordaza' un riesgo para la libertad de expresión en México?

Consultamos a un especialista en Derecho a la Información, quien nos dijo que la efervescencia por el tema en redes fue consecuencia de un malentendido.

Desde el pasado 14 de diciembre, la llamada 'Ley Mordaza' encendió focos de alerta en México. Una pequeña modificación realizada en el artículo 1916 del Código Civil llevó a medios y a ciudadanos a esparcir infinidad de opiniones, que en su mayoría apuntaban a que la prensa perdería libertad de expresión.

Las redes sociales se llenaron de reclamos e indignación en contra de los diputados que habían votado a favor. Los habituales reclamos al presidente Enrique Peña Nieto se compartieron y se retuitearon cientos de veces. La cascada de consignas contra la ley que norma el concepto de daño moral parecía interminable. Así que preguntamos a un experto en el tema.

Publicidad

Raúl Trejo Delarbre es Doctor en Sociología por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y especialista en materia de Derecho a la Información. La noche de la aprobación al cambio en el Código Civil publicó un tuit que fue de los primeros en desvalorizar las críticas.

Expresó: "La reforma al Código Civil aprobada en Cámara de Diputados añade a los medios electrónicos a la definición de daño moral que ya existe. Se mantiene el 1916 Bis que exenta de daño moral a “quien ejerza sus derechos de opinión, crítica, expresión e información".

En entrevista para VICE News, el académico explicó esto quiere decir que la llamada 'Ley Mordaza' no aplica para el ejercicio periodístico. Y la salvedad no es nueva. Existe desde hace poco más de tres décadas, como una respuesta al asesinato del periodista Manuel Buendía, en 1984.


Relacionado: Ser periodista y cubrir al narco: qué significa escribir en medio de balas y amenazas.


Dicha excepción a la norma está asentada en el apartado bis del artículo 1916. Literalmente, dice:

“No estará obligado a la reparación del daño moral quien ejerza sus derechos de opinión, crítica, expresión e información, en los términos y con las limitaciones de los artículos 6o. y 7o. de la Constitución General de la República”.

Según Trejo Delarbre, uno de los problemas al analizar este tema tiene que ver con que la misma definición de daño moral se presta a diversas interpretaciones. En el Código Civil se concibe como la afectación que una persona sufre en sus sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y aspecto físicos, o bien en la consideración que de sí misma tienen los demás.

Publicidad

Relacionado: ¿Qué hay detrás de la Ley de Seguridad Interior que se discute en México?


Por lo tanto, asegura el especialista, “como la decisión respecto de si existió o no el perjuicio depende de lo que considere un juez, dicho concepto se torna resbaladizo y subjetivo. A su vez, ello predispone a la toma de decisiones arbitrarias y discrecionales”.

En lo que respecta a la polémica desatada el 14 de diciembre, cabe señalar que la modificación que se hizo al artículo 1916 fue mínima. Lo único que se anexó fue una especificación respecto de que el daño moral se fiscalizará tanto en formatos tradicionales, como electrónicos. Es decir: no tiene nada que ver con limitaciones en materia periodística.

Lo que sucede , dice Trejo Delarbre, es que la ciudadanía en México está crispada e indignada hace mucho tiempo. “Y tiene razón de estarlo. Pero de eso a que la ‘Ley Mordaza’ realmente coarte nuestro derecho como sociedad y como comunicadores a expresarnos, está bastante lejos”.

Sigue a Ollin Velasco en Twitter: @ollinvelasco

Sigue a VICE News En Español en Twitter: @VICENewsEs