Imagen por Daniel Karmann/EPA
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El pasado julio el Tribunal Supremo revocó la sentencia absolutoria dictada por la Audiencia Provincial de Vizcaya a favor de un club cannábico. Contradiciendo la doctrina establecida hasta el momento, se impuso una pena de tres a ocho meses de prisión a los tres responsables de la bilbaína Asociación de Estudios y Usuarios del Cáñamo "Ebers" por un delito de tráfico de drogas, previsto en el artículo 368 del Código Penal.La proliferación de estas asociaciones cannábicas se fundamentó en la jurisprudencia que asentaron varias resoluciones judiciales que reconocen al autoconsumo compartido al amparo de la ley, en algunos casos y siempre que no medie voluntad de tráfico — la de la audiencia provincial de Vizcaya es solo un ejemplo. La falta de regulación y el derecho de asociación establecido en la Constitución hicieron el resto: en 2014 había estimados 600 clubes cannábicos en España, la mitad de los cuales en la comunidad autónoma de Cataluña.La sentencia delimitó los supuestos en los que se podría tolerar el consumo de este estupefaciente, aunque activistas por la despenalización siguen emplazando a una solución política. Cuerpos policiales españoles constatan la inseguridad jurídica con la que trabajan en casos en los que media este derivado.El Alto Tribunal puede facilitar la tarea del legislador sobre la cuestión, pero una sola resolución no es vinculante.Los clubes cannábicos españoles en el limbo legal — permanece la inseguridad jurídica. Leer más aquí.
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